Casación No. 26-2008 

Sentencia del 16/09/2008

"...Esta Cámara al proceder a realizar el estudio de los respectivos antecedentes, advierte de oficio que la sentencia emitida ... violó el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala, por vulneración al principio del debido proceso, en virtud que el fallo de la Sala no se basó en parámetros comprobables para imponer al procesado Joaquín Nicolás Petz Lotan, el pago de sesenta mil quetzales, en concepto de de responsabilidades civiles, no obstante, que de la sentencia de primera instancia se infiere que la actora civil no probó la extensión de los daños y perjuicios causados tal y como lo preceptúa el artículo 134 del Código Procesal Penal..."
Con base en lo considerado y sin que sea necesario entrar a conocer el motivo de fondo invocado por el recurrente, la Cámara Penal estima que por advertirse violación del artículo 12 Constitucional, procede a declarar de oficio la anulación del fallo impugnado y ordenar el reenvío para la corrección debida..."